“Uso de playas solo estará permitido para deportes acuáticos”. Ese es el titular de una noticia de El Comercio en donde menciona que sí se podrá correr tabla.
En este artículo se menciona que, según el decreto supremo:
“De acuerdo con la mencionada resolución, no se hará uso de las zonas de descanso de arena o piedras inmediatamente colindantes con el mar, de la zona de mar, ni de la ribera de ríos, lagos o lagunas, con las excepciones previstas.”
Sin embargo, sí “se permitirá la práctica de deportes acuáticos sin contacto y con distanciamiento físico o corporal, pero eso no comprende a la enseñanza o clases de dichos deportes.”
Es decir, sí surf pero no clases.
Entendemos que:
– Se puede surfear.
– No se podrá ir a correr tabla en carro.
– La sesión no podrá durar más de una hora.
– No estarán permitidas las clases de surf.
– No se puede estar en la arena/piedras.
Estén atentos a más actualizaciones que el decreto deja muchas dudas y aspectos por detallar.
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